La LOTERÍA DEL TOLIMA es una
entidad oficial descentralizada, del orden departamental con autonomía en
manejo de los asuntos jurídicos, patrimoniales y administrativos. Los recursos
obtenidos en su mayoría por la explotación de los juegos de azar, por el control
del juego de chance y otros ingresos. A lo largo de su historia, la Lotería del
Tolima ha demostrado sus capacidades y liderazgo convirtiéndose en ejemplo para
las empresas estatales en Colombia con la obtención de su Certificado de
Calidad.
1925
Utilizando las facultades
otorgadas por el Gobierno Nacional en esta ley, mediante la Ordenanza 17 de
1925, el Gobierno Departamental crea la lotería denominada "Lotería de
Beneficencia del Tolima", a fin de constituir una nueva renta Departamental
cuyo producto era destinado en su totalidad a la asistencia pública,
estableciendo las funciones de la Junta Directiva, así como la contratación de
la Lotería. Esta Ordenanza disponía que la explotación de la lotería se podía
efectuar a través de terceros para lo cual se debía suscribir un contrato para
este fin. Se resalta como dato curioso, que desde dicha época el impuesto a
Loterías foráneas, ha estado en el 10% y la renta que se percibía era un
porcentaje sobre la emisión de lotería.
1938
Las Juntas de Beneficencia tenían
atribuida la administración de las Loterías cuyo establecimiento y explotación
fue otorgado a los departamentos por la ley 64 de 1923; en algunos de ellos se
organizó en agencias especiales para explotar ese arbitrio rentístico. Por la
finalidad especifica que cumplían estas entidades, fueron puestas por la Ley
bajo el control y vigilancia del Gobierno Nacional. En efecto de acuerdo con la
ley 64 de 1923, el producto de las Loterías debe destinarse a la asistencia
pública y, por ello, la ley 93 de 1938, ya citada a propósito de las Juntas de
Beneficencia, prevé que las juntas a cuyo cargo esté su administración se
sujetarán a la vigilancia gubernamental.
1968
Historia Lotería
DECRETO LEY 1050 DE 1968
Se encontraba dispuesto en el
art. 5° de este Decreto Ley, que igualmente continúa previsto en el art. 253
del Código de Régimen Departamental y en artículo 70 de la ley 489 de 1998; que
los establecimientos públicos, como acontece con la Beneficencia del Tolima,
son organismos que se encargan principalmente de atender funciones
administrativas y de prestar servicios públicos. Esta característica no
responde, hoy por hoy, a las actividades que adelanta dicha entidad, las cuales
son de estricto orden comercial, riñendo de esta forma, con la realidad legal;
además porque el objeto de ésta, la lleva hacer parte de un mercado con
elevadas exigencias comerciales, que, por ende, imponen y hacen dispendioso,
para el buen desarrollo y funcionalidad de esta entidad, su adecuación acorde
con estos pilares, tanto en su estructura, como en su naturaleza jurídica,
flexibilizando así su funcionamiento.
1974
Mediante el Decreto Departamental
634 DE 1974, le es reconocido a la Beneficencia del Tolima el estatus de
Establecimiento Público Descentralizado del orden Departamental, reconociéndole
personería jurídica y administrativa; el destino de la renta continúa asignado
a la asistencia pública, adicionándose los sectores de la salubridad social y
hospitalaria.
1991
CONSTITUCIÓN DE 1991
Se señala en el art. 336 de la Constitución
Política como MONOPOLIOS RENTÍSTICOS DE LOS DEPARTAMENTOS que "…Ningún
monopolio podrá establecerse sino como arbitrio rentístico, con una finalidad
de interés público o social y en virtud de la ley".
1993
Boleto Lotería
Con motivo de la entrada en
vigencia del nuevo texto Constitucional se debió implementar por el Gobierno
Departamental, modificaciones sustanciales a los estatutos de éste ente
Departamental, debiendo poner éstos a tono con los mandatos señalados en la
carta Constitucional, para lo cual se expidió el Decreto Departamental 566 de
1993, por medio del cual se reorganiza la Beneficencia del Tolima, adscribiendo
el Establecimiento Público a la Secretaría de Salud del Tolima y acogiendo el
postulado constitucional que obliga a destinar sus rentas específicamente al
Sector Salud; ordenamiento que nos rige a la fecha. Mediante el decreto 704 de
1993 se reglamentó la ley 64 de 1923 relacionada con la emisión de la
billetería.
2001
La LOTERÍA DEL TOLIMA se
convierte en una de las entidades del Orden Departamental en Colombia, en
implantar la Directiva Presidencial 02 de 2000 en el marco del programa
Gobierno en Línea y la Agenda de Conectividad. Transformación de la
Beneficencia del Tolima en Lotería del Tolima, Empresa Industrial y Comercial
del Estado, según Ordenanza No. 017 del 24 de abril de 2001.
2003
La LOTERÍA DEL TOLIMA es la
primer Lotería en Colombia en recibir la Certificación ISO 9000. La Lotería del
Tolima recibe la certificación ISO 9000 Código 1707-1 para la Operación del juego
de la lotería en el territorio nacional y control de los juegos de apuestas
permanentes de carácter departamental. - NTC ISO 9001 - 2001
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